BASES LEGALES ANIVERSARIO 2025
Plátano de Canarias – Asociación de Organizaciones de Productores de Plátanos de Canarias (ASPROCAN) CIF G38376315.
BASE PRIMERA.- OBJETO DE LA PROMOCIÓN, ENTIDAD ORGANIZADORA, FINALIDAD, ÁMBITO TERRITORIAL, TEMPORAL Y PARTICIPANTES.
1.1. Objeto de la Promoción. El objeto de la promoción es premiar la fidelidad, de los puntos de venta detallista especializados (en adelante FRUTERÍAS), de la Red de fruterías de Plátano de Canarias con la oportunidad de regalos exclusivos de Plátano de Canarias, todo ello conforme a las presentes bases.
1.2. Finalidad. La finalidad es contribuir a reforzar la comunicación de las FRUTERIAS con la marca Plátano de Canarias para la promoción del producto y mayor beneficio de los puntos de venta.
1.3. Entidad Organizadora. La entidad organizadora de la presente promoción es la ASOCIACIÓN DE ORGANIZACIONES DE PRODUCTORES DE PLÁTANO DE CANARIAS (en adelante ASPROCAN), Órgano de Gestión de la Indicación Geográfica Protegida “Plátano de Canarias” con domicilio en la Paseo Milicias de Garachico, 1 (Edificio Hamilton, 7ª planta, oficina 78), 38002 Santa Cruz de Tenerife (España) y provista de C.I.F. G38376315.
1.4. Ámbito Territorial de la Promoción. La promoción citada se desarrollará a través de la página web https://clubdefruterias.es. De ahora en adelante la Web. Todo ello, en las condiciones establecidas en las presentes bases.
1.5. Duración. La promoción se desarrollará del 14 de abril al 31 de mayo de 2025, ambos inclusive o, en su caso, en el periodo promocional alternativo que, expresamente, se indique en la página Web. Las posibles ampliaciones de la promoción serán expresamente indicadas en la página Web.
1.6. Participantes. Podrán participar en la presente promoción todas las personas mayores de 18 años, con residencia en España, que accedan a la página web indicada anteriormente bajo la denominación de Web, rellenando un formulario on line habilitado para ello y que actúen en representación de una FRUTERÍA que será así por tanto centro adherido al Club de Fruterías de Plátano de Canarias. No podrán participar en la presente promoción los empleados de ASPROCAN, así como tampoco sus familiares hasta el primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad de éstos, como tampoco los de aquellas empresas relacionadas directa o indirectamente en la realización de la presente promoción.
BASE SEGUNDA. – ACEPTACIÓN DE BASES. Los participantes, por el mero hecho de participar en la presente promoción, aceptan sus bases y el criterio de ASPROCAN en cuanto la resolución de cualquier cuestión o controversia derivada de la misma.
BASE TERCERA. – PREMIOS. Se sortearán 2 expositores y 2 lonas para toldos exclusivos de Plátano de Canarias. Todos los premios sin valor comercial. En ningún caso, el premio podrá ser objeto de cambio y/o alteración de ningún tipo, compensación en metálico o cesión a tercero a petición del ganador, total o parcialmente. Solo se admite 1 premio por frutería, entendiendo cómo frutería, misma dirección postal única. La organización se reserva el derecho a cortar o aumentar el número de premios, según sus necesidades o unidades en stock.
ANEXO: A la par que se realizar esta promoción, tendrá lugar una promoción para el consumidor final, para ello, el usuario tendrá que conseguir en las fruterías adheridas a esta promoción su papeleta de participación y su código único, no hay límite de participación, pero sí de un premio por persona que participe, para participar, tendrá que rellenar un formulario en https://clubdefruterias.es/consumidor/ con su nombre, email, móvil código de participación, contestar a una pregunta y aceptar los temas legales. Los premios se establecerán de antemano y por momento ganador. El premio consiste en una sudadera sin valor económico. Además, por cada consumidor premiado, la frutería desde la que ha participado el ganador recibirá una toalla de regalo. Las sudaderas se enviarán a la frutería y se avisará al ganador vía email y/o teléfono de que puede pasar a por su premio. Para los temas legales, reclamaciones y protección de datos, el consumidor final, serán las mismas que para las fruterías/establecimientos adheridos a la promoción.
BASE CUARTA.- MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN. 4.1. Participación y Cumplimentación de formulario. Para la participación en la promoción los participantes deberán poner a la venta Plátano de Canarias en cualquiera de los establecimientos adheridos a la promoción.
ASPROCAN se reserva el derecho de comprobar, en cualquier momento, que un participante cumple con el requisito de poner a la venta Plátano de Canarias.
Tras lo cual, los participantes que concurran con los requisitos establecidos en la base primera, 1.6. deberán rellenar completamente el formulario diseñado al efecto en la página Web y que, como mínimo, contiene los siguientes campos obligatorios: Teléfono, Email, Código de participación y aceptar las bases legales.
4.2. Validación. Una vez cumplimentado el formulario y aceptadas las condiciones del mismo, el participante recibirá un correo de confirmación de participación en la promoción y su resultado.
4.3. Acreditación de la participación válida mediante código. Los participantes deberán incluir el código único de participación, que se les será proporcionado mediante flyers, emails, sms y/o llamada telefónica.
BASE QUINTA. – SORTEO. Las 2 telas para toldos y los 2 expositores de Plátano de Canarias se sortearán una vez finalizada la promoción entre todas las participaciones correctas, se utilizará la plataforma aleatoria. https://www.augeweb.com/azar/.
BASE SEXTA.- ACEPTACIÓN DE PREMIO. 6.1.- Comunicación de la Condición de Ganador. Tras el sorteo, la organización enviará un correo avisando de que ha resultado ganador, del tipo de premios que ha ganado e instrucción de como recibirá su premio.
6.2.- Pérdida de la condición de Ganador. La no aceptación del premio por parte del ganador o la imposibilidad de contactar personalmente con el ganador en un plazo de 10 días o no cumplir alguna de las bases legales de promoción permitirá ASPROCAN declarar desierto el premio.
6.3.- Derecho de imagen y comunicación Mediante la participación y la aceptación del premio, los participantes autorizan a ASPROCAN a comunicar y dar difusión en sus redes sociales la información y material gráfico que acredite la participación y la entrega del premio.
BASE SÉPTIMA.- PLAZO DE RECLAMACIÓN. Transcurrido un mese contados desde la fecha desde la resolución de la promoción, no se admitirá reclamación alguna por razón del mismo.
BASE OCTAVA.- IDIOMA DE LAS BASES. El idioma de las presentes bases a los efectos de su interpretación será el castellano frente a cualquier traducción de las mismas que se realizará.
BASE NOVENA. – PROTECCIÓN DE DATOS. De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, las personas que participen en la presente promoción consienten expresamente el tratamiento de los datos personales que faciliten para su participación. En este sentido se les informa de que esos datos pasarán a formar parte de un fichero propiedad de ASPROCAN registrado ante el Registro General de la Agencia Española de Protección de Datos con la finalidad de gestionar las campañas promocionales y realizar el envío de comunicaciones comerciales sobre productos y servicios propios.