Bases Legales

BASES LEGALES DIA DEL FRUTERO 2026

Plátano de Canarias – Asociación de Organizaciones de Productores de Plátanos de Canarias (ASPROCAN) CIF G38376315.

BASE PRIMERA.- OBJETO DE LA PROMOCIÓN, ENTIDAD ORGANIZADORA, FINALIDAD, ÁMBITO TERRITORIAL, TEMPORAL Y PARTICIPANTES.

1.1. Objeto de la Promoción.
El objeto de la promoción es premiar la fidelidad, de los puntos de venta detallista especializados (en adelante FRUTERÍAS), de la Red de fruterías de Plátano de Canarias con la oportunidad de regalos exclusivos de Plátano de Canarias, todo ello conforme a las presentes bases.

1.2. Finalidad.
La finalidad es contribuir a reforzar la comunicación de las FRUTERIAS con la marca Plátano de Canarias para la promoción del producto y mayor beneficio de los puntos de venta.

1.3. Entidad Organizadora.
La entidad organizadora de la presente promoción es la ASOCIACIÓN DE ORGANIZACIONES DE PRODUCTORES DE PLÁTANO DE CANARIAS (en adelante ASPROCAN), Órgano de Gestión de la Indicación Geográfica Protegida “Plátano de Canarias” con domicilio en la Paseo Milicias de Garachico, 1 (Edificio Hamilton, 7ª planta, oficina 78), 38002 Santa Cruz de Tenerife (España) y provista de C.I.F. G38376315.

1.4. Ámbito Territorial de la Promoción.
La promoción citada se desarrollará a través de la página web https://clubdefruterias.es. De ahora en adelante la Web. Todo ello, en las condiciones establecidas en las presentes bases.

1.5. Duración.
La promoción se desarrollará del 1 de febrero al 31 de marzo de 2026, ambos inclusive o, en su caso, en el periodo promocional alternativo que, expresamente, se indique en la página Web. Las posibles ampliaciones de la promoción serán expresamente indicadas en la página Web.

1.6. Participantes.
Podrán participar en la presente promoción todas las personas mayores de 18 años, con residencia en España, pertenecientes al Club de fruterías de Plátano de Canarias. No podrán participar en la presente promoción los empleados de ASPROCAN, así como tampoco sus familiares hasta el primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad de éstos, como tampoco los de aquellas empresas relacionadas directa o indirectamente en la realización de la presente promoción.

BASE SEGUNDA. – ACEPTACIÓN DE BASES.
Los participantes, por el mero hecho de participar en la presente promoción, aceptan sus bases y el criterio de ASPROCAN en cuanto la resolución de cualquier cuestión o controversia derivada de la misma.

BASE TERCERA. – PREMIOS.
Un único kit por frutería que lo solicite hasta fin de existencias (máximo 3.000 kits) con materiales de plátano de Canarias (20 bolsas de rafia, 1 pegatina del club de fruterías, 25 papeletas y poster) Y se sorteará un premio final, en el que la frutería ganadora podrá elegir entre un toldo, un expositor o un luminoso para decorar su establecimiento. Todos los premios sin valor comercial. En ningún caso, el premio podrá ser objeto de cambio y/o alteración de ningún tipo, compensación en metálico o cesión a tercero a petición del ganador, total o parcialmente.
Solo se admite 1 premio por frutería, entendiendo cómo frutería, misma dirección postal única. La organización se reserva el derecho a cortar o aumentar el número de premios, según sus necesidades o unidades en stock.

BASE CUARTA.- MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN.
4.1. Participación y Cumplimentación de formulario.
Para la participación en la promoción los participantes deberán solicitar desde un email que ha recibido por parte del club donde solo tendrán que pulsar el botón de solicitar el kit. Además es posible pedir su kit via email o desde el formulario de alta en el club habilitado en https://clubdefruterias.es/unete-al-club/ y poner a la venta Plátano de Canarias en cualquiera de los establecimientos adheridos a la promoción.

ASPROCAN se reserva el derecho de comprobar, en cualquier momento, que un participante cumple con el requisito de poner a la venta Plátano de Canarias.

Tras lo cual, los participantes que concurran con los requisitos establecidos en la base primera, 1.6. deberán rellenar completamente el formulario diseñado al efecto en la página Web y que, como mínimo, contiene los siguientes campos obligatorios: Teléfono, Email, Código de participación y aceptar las bases legales.

4.2. Validación.
Una vez cumplimentado el formulario y aceptadas las condiciones del mismo, el participante recibirá un correo de confirmación de participación en la promoción y su resultado.

BASE QUINTA. – SORTEO.
El premio final (Lona, expositor o luminiso) se sortearán una vez finalizada la promoción entre todas las participaciones correctas, se utilizará la plataforma aleatoria. https://www.augeweb.com/azar/.

BASE SEXTA.- ACEPTACIÓN DE PREMIO.
6.1.- Comunicación de la Condición de Ganador.
Tras el sorteo, la organización enviará un correo avisando de que ha resultado ganador, y que una vez elegido cómo le llegará a su establecimiento.

6.2.- Pérdida de la condición de Ganador.
La no aceptación del premio por parte del ganador o la imposibilidad de contactar personalmente con el ganador en un plazo de 10 días o no cumplir alguna de las bases legales de promoción permitirá ASPROCAN declarar desierto el premio.

6.3.- Derecho de imagen y comunicación
Mediante la participación y la aceptación del premio, los participantes autorizan a ASPROCAN a comunicar y dar difusión en sus redes sociales la información y material gráfico que acredite la participación y la entrega del premio.

BASE SÉPTIMA.- PLAZO DE RECLAMACIÓN.
Transcurrido un mese contados desde la fecha desde la resolución de la promoción, no se admitirá reclamación alguna por razón del mismo.

BASE OCTAVA.- IDIOMA DE LAS BASES.
El idioma de las presentes bases a los efectos de su interpretación será el castellano frente a cualquier traducción de las mismas que se realizará.

BASE NOVENA. – PROTECCIÓN DE DATOS.
De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, las personas que participen en la presente promoción consienten expresamente el tratamiento de los datos personales que faciliten para su participación. En este sentido se les informa de que esos datos pasarán a formar parte de un fichero propiedad de ASPROCAN registrado ante el Registro General de la Agencia Española de Protección de Datos con la finalidad de gestionar las campañas promocionales y realizar el envío de comunicaciones comerciales sobre productos y servicios propios.

ASPROCAN se reserva el derecho del uso de estos datos para poder garantizar el correcto desarrollo de la Promoción y para la mejora continua en la organización de futuras promociones y la satisfacción de los consumidores; así como para realizar el envío de comunicaciones comerciales relativas a los productos y servicios suministrados por ASPROCAN, a través de cualquier medio, incluidos medios electrónicos, en caso de que haya dado su consentimiento expreso, marcando la casilla correspondiente del formulario de recogida de datos. En el caso de que Vd., como interesado o afectado, no diese su consentimiento para dicha automatización, no contaríamos con la información necesaria para poder gestionar la entrega del premio correspondiente. Asimismo, como titular de los datos, Vd. autoriza expresamente a que la información de contacto que facilite tanto al registrarse en el formulario para poder participar, como los recogidos durante el desarrollo de la Promoción, podrán ser transferidos, para las mismas finalidades que las indicadas en el párrafo anterior, a los proveedores que le prestan servicios, así como a las filiales.

Los participantes podrán ejercitar sus derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición mediante carta dirigida al departamento de atención al cliente ASPROCAN vía correo electrónico a la dirección asprocan@platanodecanarias.es.

En el supuesto de que no pueda verificarse la identidad de una persona a través de los datos personales facilitados en el formulario, la participación de la misma será invalidada.

BASE DÉCIMA.- EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD POR EL MAL FUNCIONAMIENTO DE LA RED.
ASPROCAN queda exonerada de toda responsabilidad en caso de mal funcionamiento de la red Internet, o incorrecta transmisión de contenidos, que impida el normal desarrollo de la promoción por causas ajenas a la empresa y especialmente por actos externos de mala fe.

ASPROCAN no se responsabiliza de los posibles fraudes, pérdidas, deterioros, robos, retrasos o cualesquiera otras circunstancias imputables a internet o a terceros que puedan afectar al desarrollo y ejecución de la presente promoción.

BASE DÉCIMA PRIMERA.- RESPONSABILIDAD.
ASPROCAN no se responsabiliza de los posibles fraudes, pérdidas, deterioros, robos, retrasos o cualquier otra circunstancia imputable a internet o terceros que puedan afectar al desarrollo de la presente promoción.

En ningún caso, ASPROCAN será responsable de los servicios que cualquier otra entidad con la que ésta colabore, presten al ganador como consecuencia de los premios entregados, en cuyo caso, deberán atenerse a las cláusulas de responsabilidad de los servicios prestados por aquella entidad.

BASE DÉCIMA SEGUNDA.- IRREGULARIDADES EN LA PARTICIPACIÓN.
En el caso de que ASPROCAN, o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente a la presente promoción, detecte cualquier anomalía o sospechen que un participante está impidiendo el normal desarrollo de la participación en la presente promoción, alterando de manera irregular e ilegal mediante cualquier procedimiento, técnico o informático, para así distorsionar o falsear los resultados, podrá de forma unilateral eliminar su participación del mismo.

A este respecto, ASPROCAN ha habilitado los necesarios soportes tecnológicos para detectar cualquier posible actuación irregular, anómala, fraudulenta, o dolosa que pretenda alterar la participación con el objetivo de lograr un premio de forma irregular e ilícita.

Por tanto, ASPROCAN se reserva el derecho de eliminar la participación a cualquier participante que evidencie o del que se sospeche una actuación irregular en el sentido descrito.

BASE DÉCIMA TERCERA.- RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
Los participantes aceptan el criterio de ASPROCAN en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada de la presente promoción.

BASE DÉCIMA CUARTA.- MODIFICACIÓN O CANCELACIÓN DE LA PROMOCIÓN.
ASPROCAN se reserva el derecho a modificar o cancelar la promoción durante el desarrollo de la misma si concurriesen circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, causa de índole técnica o tecnológica que de forma directa o indirecta afecten a la operatividad y/o funcionalidad de la promoción, tanto directa de ASPROCAN o de terceros vinculados a la presente promoción.

BASE DÉCIMA QUINTA.- DEPÓSITO DE BASES.
Las Bases de la presente promoción podrán consultarse en la web de Plátano de Canarias y en https://clubdefruterias.es/baseslegales/ durante el plazo de duración de la promoción.

ANEXO – PROMOCIÓN CONSUMIDOR FINAL

De forma paralela a la promoción dirigida a fruterías, tendrá lugar una promoción destinada al consumidor final que adquiera Plátano de Canarias en las fruterías adheridas a la promoción.

  1. Participantes

Podrán participar en la presente promoción todas las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Ser mayores de 18 años.
  • Haber comprado al menos un (1) kilo de Plátano de Canarias en una frutería adherida a la promoción.
  • Estar en posesión de un ticket de compra válido, emitido entre el 20 de febrero y el 31 de marzo de 2026, en el que conste claramente la compra de Plátano de Canarias.
  • Disponer de una papeleta de participación con código único, facilitada por la frutería en el momento de la compra.

No existe límite de participaciones por persona, si bien solo se podrá obtener un (1) premio por participante durante todo el periodo promocional.

  1. Mecánica de participación

Para participar, el consumidor deberá:

  1. Obtener su papeleta de participación con código único en una frutería adherida, tras la compra mínima indicada.
  2. Acceder al formulario habilitado en la web
    👉 https://clubdefruterias.es/consumidor/
  3. Cumplimentar correctamente el formulario, facilitando como mínimo:
    • Nombre
    • Email
    • Teléfono móvil
    • Código de participación
  4. Contestar a la pregunta planteada en el formulario.
  5. Subir una imagen legible del ticket de compra en el que conste la adquisición de Plátano de Canarias.
  6. Aceptar las bases legales y la política de protección de datos correspondientes.
  1. Premios y sistema de asignación

Los premios se encuentran establecidos previamente y se asignarán mediante el sistema de momento ganador, configurado con una frecuencia de 400 momentos ganadores durante el periodo promocional.

El premio para el consumidor consistirá en una mochila promocional de Plátano de Canarias, sin valor comercial.

  1. Premio vinculado a la frutería

Por cada consumidor premiado, la frutería desde la que haya participado el ganador recibirá adicionalmente una mochila igual como regalo.

  1. Entrega del premio

La mochila se enviará a la frutería correspondiente, donde el ganador podrá recoger su premio.
El ganador será informado de su condición de premiado y del procedimiento de recogida mediante correo electrónico y/o teléfono.

  1. Régimen legal aplicable

La presente promoción para consumidores se regirá por sus bases legales específicas, en materia de participación, reclamaciones, uso de imagen y protección de datos personales, siendo ASPROCAN la entidad responsable de su gestión.